3 min read

Delaware y las start-ups

Jesús Martínez publica hoy en El Español un excelente artículo sobre las Start-Ups españolas que se mudan a EE.UU. y cómo Delaware se ha convertido en el estado en el que todas acaban constituyéndose. El título es "Delaware y los emprendedores españoles: las claves sobre el paraíso fiscal 'obligatorio' para startups".

Del artículo:

Detrás de esta tendencia, hay un factor decisivo: los fondos internacionales han irrumpido con fuerza en el ecosistema español. Entre 2015 y 2016 se ha superado la barrera de los 1.000 millones de euros de inversión. Y esta explosión tiene detrás a la inversión de las gestoras internacionales, entre ellas las estadounidenses.

Y son estas gestoras las que, en la mayoría de los casos, exigen que antes de entrar en el capital las startups tengan su matriz en Delaware (EEUU).

Lo dicho. Excelente. Como suele ocurrir con los artículos de Jesús Martínez, lectura obligada.

Pero justo después de leerlo di a entender en Twitter que usar el término paraíso fiscal para referirse a Delaware era un poco excesivo.

Esta es una cruzada personal que mantengo desde hace años y que en realidad tiene poca importancia. Qué es y qué no es un paraíso fiscal depende de muchos factores y al final no deja de ser una clasificación un tanto arbitraria, salvando unos pocos casos internacionalmente reconocidos. El artículo, de hecho, señala correctamente que Delaware no aparece en la lista de paraísos fiscales de la Agencia Tributaria.

Pero el caso de de este estado es interesante. Y el motivo por las que a veces aparece representado como paraíso fiscal, también.

La razón por la que los medios estadounidenses -es importante tener en cuenta esto- consideran Delaware un paraíso fiscal es porque lo es... para compañías estadounidenses que operan dentro del territorio nacional.

Delaware no tiene impuestos de sociedad estatales para actividades económicas que se desarrollan en otros estados. Si yo soy, por ejemplo, una consultora que opera en Georgia, mi impuesto de sociedades es del 6%. Si monto la misma consultora en Delaware y hago la consultoría en Georgia, el impuesto estatal sobre mis beneficios es 0.

Ahora bien. Estamos hablando de los impuestos estatales. Con independencia de ese impuesto, hay un impuesto de sociedades federal del 35%. Ese impuesto lo pagas estés donde estés (en realidad, como siempre sucede en estos casos, hay formas de rebajarlo y no siempre es el mismo para todas las empresas, pero dejemos eso para otro día).

Delaware, de hecho, no es el único estado que no grava los ingresos obtenidos fuera de sus fronteras. ¿Por qué se montan entonces muchas start-ups de EE.UU. ahí? Al margen de la conveniencia fiscal, Delaware tiene muchas ventajas para los inversores de las corporaciones, el reparto de stock options y otros elementos de la realidad económica de empresas que operan en un mundo más virtual que físico.

Bien. Para una empresa norteamericana, por tanto, hay un incentivo fiscal considerable para "mudarse" a Delaware. Desde la perspectiva de un empresario norteamericano se puede argumentar que es una especie de paraíso fiscal. Aunque tenga que seguir pagando ese 35% de impuestos de sociedades al gobierno federal, te ahorras la parte del impuesto estatal sobre los beneficios -salvo los que generes dentro de la propia Delaware, donde están gravados con un 8,5% -

¿Y para una start-up extranjera? Aquí es donde está mi principal problema con la definición. La ventaja fiscal es nula, salvo que la empresa vaya a tener una actividad económica importante dentro del país (en ese caso, se aplica lo de arriba).

¿Por qué? El dinero generado fuera de los EE.UU. y repatriado al país está sujeto al mismo tipo impositivo federal del 35%, independientemente de si la empresa está en Delaware, Nueva York o San Diego.

Difícilmente se puede definir como una tasa paradisiaca. En España, por lo general, el impuesto de sociedades es menor, del 25%.

El motivo para instalarse en Delaware es precisamente el resto de razones que no tienen efectos fiscales pero que hacen la vida más fácil a los dueños de estas corporaciones y sus inversores. Más facilidad para emitir y repartir participaciones, más protección legal en caso de bancarrota, tribunales acostumbrados a lidiar con la complejidad de este tipo de empresas, etc, etc, etc...

Para los inversores, si son norteamericanos, puede haber también algunas ventajas fiscales y ayuda a evitar doble imposición, pero no para la empresa en sí.